Tabla salarial emplead@s hogar Valladolid 2016

Dentro del programa de ORIENTACIÓN E INSERCIÓN LABORAL, la FUNDACIÓN RONDILLA ofrece información sobre la tabla salarial del servicio de hogar para 2016. Dicha tabla ha sido fruto del acuerdo de diferentes entidades de Valladolid como son: Procomar, Cáritas, Red Incola, ACCEM, Cruz Roja, Sociedad de San Vicente de Paul, ASAIN, Albor, Diputación de Valladolid,Ayuntamiento de Valladolid y Fundación Rondilla.

Condiciones para 2016:                                              

• Se incrementará el salario correspondiente en un 12% en concepto de responsabilidades asumidas que excedan las tareas domésticas (cuidado de mayores dependientes, bebés, familias numerosas...) APLICABLE A TODOS LOS SALARIOS
• Las dos pagas extras se abonarán en Junio y Diciembre, salvo prorrata. Se abonarán en base al Salario Mínimo Interprofesional
•  Para trabajos realizados fuera del área metropolitana se abonará el transporte
•  ALTA Seguridad Social. : Es obligatorio desde la primera hora de trabajo.
CONTRATO ESCRITO: modelo oficial que se presentará en la oficina de la Seguridad Social. No será obligatorio hacer contrato escrito, (si alta S.Social) cuando el trabajo a desempeñar no supere las cuatro semanas.
VACACIONES: 30 días de vacaciones dentro del año natural (15 días consecutivos a pactar por ambas partes y avisando con dos meses de antelación).
FESTIVOS: 14 días de fiestas laborales anuales ( o retribuidos, o acumulados a vacaciones. Los trabajadores disfrutarán de estos festivos durante 24 horas, siempre que no exista acuerdo entre ambas partes)
PERMISOS RETRIBUIDOS: Todos los que establece el Estatuto de los Trabajadores (matrimonio, nacimiento de hij@, fallecimiento/enfermedad familiares hasta 2º).
SUBSIDIO POR INCAPACIDAD: (accidente de trabajo o enfermedad profesional), se abonará a partir del 9º días de la baja en el trabajo, estando a cargo del empleador el abono de la prestación al trabajador desde los días 4º al 8º de la citada baja.
DESESTIMIENTO DEL CONTRATO por parte del empleador: se hará por escrito. Si la relación laboral era de un año o más deberá avisarse con 20 días de antelación, en los demás supuestos con 7 días de antelación. La indemnización será de 12 días por año trabajado.
Art. 8 Retribuciones. Este salario podrá ser objeto de mejora.
 - Por servicios prestados durante menos de 60 horas mensuales por empleador, y ambas partes acuerdan que el empleado de hogar tramite su afiliación a la seg. Social, el empleador tendrá que dar su parte de cotización al empleado de hogar para su posterior ingreso
• La cotización como Emplead@ de Hogar no da derecho al cobro de desempleo.
• Menos de 10 horas semanales u hora extraordinaria se pagará a 8 € la hora (no está incluida las vacaciones) La Seguridad Social será el tramo que corresponda en cada caso

Condiciones Laborales en Régimen Interno:
• Disponer de 2 horas diarias de descanso.
• Descansar 36 horas consecutivas comprendidas, como regla general, la tarde del sábado o la mañana del lunes y el día completo del domingo
• El descanso entre él final de una jornada y el inicio de la siguiente será como mínimo de 12 horas pudiéndose reducir a 10 horas

Para mas información:

Calle Nebrija 19, Bajo: De Lunes a Viernes de 10.00 a 13.00 y Lunes y Martes de 16:30-19 horas

 

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