Comunicado y Alegaciones al Expediente de ruina del San Juan de la Cruz
LA ASOCIACIÓN EXIGE LA DENEGACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE RUINA DEL EDIFICIO DEL SAN JUAN DE LA CRUZ
Acusa a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y al Ayuntamiento de Valladolid de pretender eludir su deber de conservación del inmueble en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público e imagen urbana
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LA ASOCIACIÓN EXIGE LA DENEGACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE RUINA DEL EDIFICIO DEL SAN JUAN DE LA CRUZ
Acusa a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y al Ayuntamiento de Valladolid de pretender eludir su deber de conservación del inmueble en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público e imagen urbana
En este caso, ambas Administraciones maquinan medidas contrarias al ordenamiento jurídico (artículo 46 de la Constitución Española)
Nota de prensa 13-03-2015
La Seguridad Social, propietaria desde julio de 2014 del antiguo colegio San Juan de la Cruz, que desde septiembre de 1999 perteneció al patrimonio del Ayuntamiento, ha instado la declaración de ruina del edificio por la Corporación municipal. En primera instancia, dentro del período de información pública del expediente, la Asociación Vecinal del barrio ha presentado una batería de alegaciones que desmonta los argumentos de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social para que el Ayuntamiento declare la ruina del emblemático inmueble.
El estado actual de la infraestructura del inmueble en absoluto presenta indicios de agotamiento de sus elementos estructurales vitales, como muros, cubiertas, forjados, viguería y cimentación, sino deterioros importantes, ocasionados por los gravísimos incumplimientos del Ayuntamiento, que dejó de sostener económicamente el mantenimiento de la vida útil del inmueble. Ni derrumbamiento ni peligro inmediato, sino un clamoroso caso de negligente y criminal abandono de una propiedad pública y un incumplimiento tanto por la Seguridad Social como subsidiariamente por el Ayuntamiento de Valladolid de sus obligaciones de conservación del patrimonio público edificado.
Para poder declarar la ruina es exigible en primer lugar que los supuestos y circunstancias que la legitiman han de quedar suficientemente acreditados y, en segundo lugar, que la actuación administrativa ha de ajustarse a los principios de proporcionalidad y congruencia. Estos requisitos no han sido acreditados de manera expresa, por lo que la calificación de ruina que pretende la Seguridad Social es improcedente, desproporcionada y fraudulenta, que trata como ordinaria y rutinaria una medida que es a todas luces excepcional.
Como ya ocurriera anteriormente durante quince años, en que el Ayuntamiento omitió maliciosamente y a sabiendas su obligación de mantenimiento, también la Seguridad Social pretende ahora eludir con engaño el deber contraído de conservación del San Juan de la Cruz en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público e imagen urbana, pues con una declaración de ruina ambos organismos quedarían eximidos de atender a la conservación. La contradicción entre la declaración de ruina y el deber de conservación no puede resolverse afirmando unilateral y torticeramente que el estado de ruina del San Juan de la Cruz produce por incompatibilidad la extinción de la obligación legal de la Seguridad Social de sostener la razonable vida útil del inmueble.
Nuevamente, es la propia Administración (en este caso, la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y, como casi siempre, el Ayuntamiento de Valladolid) la que arrasa, destruye, atenta, arruina y procura la inutilización de bienes públicos, hechos expresamente castigados por la Ley penal, conforme al artículo 46 de la Constitución Española: “Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. La ley penal sancionará los atentados contra este patrimonio”.
Valladolid, 13 de marzo de 2015
Anexo: