La Junta Directiva de la Asociación Vecinal celebrada el pasado lunes 6 de Junio, acordó presentar un recurso de reposición contra el acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Valladolid por el que se concede "licencia de obras de demolición del antiguo colegio San Juan de la Cruz, acondicionamiento del terreno y cerramiento de la parcela, en la calle Cardenal Torquemada nº 1".

El recurso presentado es el siguiente:

Doña Carmen Quintero Gallego, mayor de edad, provista de DNI nº        y domiciliada a efecto de notificaciones en C/ Marqués de Santillana, 4, como presidenta de la Asociación Vecinal Rondilla con CIF G47020433, ente el Concejal de Urbanismo del Ayuntamiento de Valladolid comparece y EXPONE:

 Que mediante el presente escrito interpone en tiempo y forma RECURSO DE REPOSICIÓN  contra el siguiente acto administrativo: “Licencia de obras de demolición del edificio del antiguo colegio San Juan de la Cruz, acondicionamiento del terreno y cerramiento de la parcela en la calle Cardenal Torquemada nº 1.” Expediente 99/2015

Por no estar de acuerdo con el acto administrativo mencionado y considerando que el mismo no se ajusta a Derecho, formula las siguientes:

 ALEGACIONES

 PRIMERO. Que durante más de 15 años, la Asociación Vecinal Rondilla, ha reclamado el antiguo colegio San Juan de la Cruz, hoy abandonado, como un espacio idóneo para su uso como espacio dotacional de interés y utilidad real para los habitantes de la Rondilla y de su entorno inmediato.  La Asociación Vecinal Rondilla no se ha  resignado a que tanto el barrio como la ciudad pierdan un edificio claramente aprovechable y adecuado para su uso como espacio de encuentro, cultural y participación vecinal.

Denunciamos firmemente que lo que ocurre con el emblemático edificio del antiguo colegio es que ahora la Secretaría de Estado de la Seguridad Social pretende declarar administrativamente como ruina, lo que no es más que un caso sangrante de abandono y desidia calculados para acabar con la reivindicación vecinal.

 SEGUNDO. Que ante la pretensión de demolición del Colegio por la Dirección Provincial de la Tesorería de la Seguridad Social, en el Ayuntamiento se ha emitido informe técnico favorable a la demolición  de fecha 14 de marzo del presente año, indicando que la obra en cuestión asciende a 135,632,72 €.

Es absolutamente inadmisible el comportamiento de la Dirección Provincial de la Seguridad Social, propietaria de un edificio que ha mantenido en total abandono, dejándolo arruinar y promoviendo de hecho su ruina. Un ejemplo realmente negro de actuación con el patrimonio edificado.

Como ya ocurriera anteriormente durante quince años, en que el Ayuntamiento omitió maliciosamente y a sabiendas su obligación de mantenimiento, también la Seguridad Social pretende ahora eludir con engaño el deber contraído de conservación del San Juan de la Cruz en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público e imagen urbana, pues con una declaración de ruina ambos organismos quedarían eximidos de atender a la conservación. La contradicción entre la declaración de ruina y el deber de conservación no puede resolverse afirmando unilateral y torticeramente que el estado de ruina del San Juan de la Cruz produce por incompatibilidad la extinción de la obligación legal de la Seguridad Social de sostener la razonable vida útil del inmueble.

Nuevamente, es la propia Administración (en este caso, la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y, como en muchas ocasiones en el pasado, el Ayuntamiento de Valladolid) la que arrasa, destruye, atenta, arruina y procura la inutilización de bienes públicos,   hechos expresamente castigados por la Ley penal, conforme al artículo 46 de la Constitución Española: “Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. La ley penal sancionará los atentados contra este patrimonio”.

 TERCERO.- El edificio del San Juan de la Cruz se encuentra dentro del ámbito del Plan del Casco Histórico de la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Valladolid, aprobado por el Pleno de la Corporación municipal el 25 de febrero de 2015. Obran en el Plano PL-18, Catálogo de elementos protegidos; y en el Diagnóstico Urbanístico y Avance del Planeamiento (anexo 2.2.2., página 22).

Además el inmueble del San Juan de la Cruz es colindante con el Convento de Santa Teresa, declarado por decreto de 1993 de la Junta de Castilla y León Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento.

 Como corolario que no necesita comprobarse sino que se deduce fácilmente de la historia reciente de Valladolid, el San Juan de la Cruz es memoria viva del barrio de la Rondilla y de su gente.

 CUARTO.- El Ayuntamiento debe ser especialmente protector de este colegio, pues ya la asociación le ha denunciado ante la fiscalía, al apreciar la existencia de indicios racionales de criminalidad en la inactividad premeditada e intencionada de la Administración Municipal entre noviembre de 2000 y julio de 2014 en el cumplimiento de su deber legal de conservar la edificación e instalaciones del antiguo colegio público San Juan de la Cruz, bien público integrante del patrimonio edificado municipal, en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y digna imagen urbana, situación que continúa, ahora con la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, organismo dependiente de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social.

Esta no actuación  podría ser constitutiva de sendos delitos de prevaricación y dejación de funciones, lo que se vería agravado si ahora no se actúa en protección del colegio

 Por todo ello, SOLICITAMOS

PRIMERO. Que el Ayuntamiento tome las medidas oportunas a fin de que el Colegio San Juan de la Cruz, sea catalogado como un bien protegido, en base al Avance del Plan General de Ordenación Urbana-PGOU en su apartado “3.1 Revisión de los bienes y categorías de protección  hace una consideración clara sobre que “determinados bienes, algunos no catalogados, suponen conjuntos de elementos que conviene analizar y catalogar en relación con el conjunto al que dan sentido y en el que cobran significado” la propuesta que incluye en la revisión de las categorías y de la clasificación de los  bienes de los barrios, colonias, colegios, viviendas planificadas, polígonos de viviendas sociales que requieren un tratamiento regulador. 

SEGUNDO. Que, en consecuencia, se deje sin efecto el acuerdo del Ayuntamiento mediante el cual concede a la Dirección Provincial Tesorería General de la Seguridad Social, la licencia de obras de demolición del edificio del antiguo colegio San Juan de la Cruz, acondicionamiento del terreno y cerramiento de la parcela, en la calle Cardenal Torquemada nº 1.

TERCERO.  Que el Ayuntamiento de Valladolid inicie el procedimiento administrativo de expropiación forzosa del inmueble del antiguo colegio San Juan de la Cruz por causa de utilidad pública e interés social, mediante indemnización por permuta con una parcela en el plan parcial Los Viveros u otra que se convenga con la Tesorería General de la Seguridad Social.

      Valladolid 7 junio de 2016

                                    Fdo. Carmen Quintero Gallego

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