LA ASOCIACIÓN VECINAL RONDILLA RECLAMA LA ANULACIÓN DEL ACUERDO PLENARIO DEL 02.09.2014, QUE DESTINÓ  640.000 EUROS DE EQUIPAMIENTOS EN RONDILLA A OBRAS DE INFRAESTRUCTURAS EN LA HÍPICA MILITAR (Modificación de Créditos nº 4 del Presupuesto municipal)

Nota de prensa 10-10-2014

El pasado 30 de septiembre, la Asociación Vecinal Rondilla presentó en el registro del Ayuntamiento  escrito solicitando la anulación del acuerdo plenario de 2 de septiembre de aprobación definitiva de la Modificación de Créditos nº 4 del vigente Presupuesto municipal, por concurrir un grave defecto procedimental en el trámite de exposición pública del expediente, incompleto, en el que faltaba un documento fundamental para la consulta de las entidades y ciudadanos interesados.El expediente de Modificación de Créditos nº 4 habilitaba un crédito de 640.000 euros (que suplementaba otro anterior de 320.000 euros de la Modificación de Créditos nº 3) para su aplicación en obras de explanación de terrenos, demoliciones y restauraciones de edificaciones, instalaciones eléctricas y de fontanería, telefonía y otras, todas ellas a ejecutar en la parcela de la Antigua Hípica Militar.

Estos 640.000 euros proceden del remanente de tesorería de la liquidación del Presupuesto de 2013, partida presupuestaria 08.933/1.632, de 1.527.064 euros, prevista inicialmente para financiar la rehabilitación de edificio en la Rondilla y destinarlo a Espacio Joven de la Zona Norte, para el que ofrecía la opción del antiguo colegio San Juan de la Cruz, en calle Cardenal Torquemada 1, de titularidad municipal, defendida por la Asociación Vecinal, o del antiguo CEAS de Rondilla, en calle Olmo 61-63, que sostiene la Concejalía de Bienestar Social y Familia, a pesar de que este espacio último estaba reservado para Escuela Infantil Municipal, comprometida públicamente en Concejo Abierto por el alcalde y cedido a tal finalidad por la Junta de Castilla y León.

Entre las alegaciones formuladas por la Asociación Vecinal, a instancias del Interventor General, el Ayuntamiento estimó la procedencia de una de ellas, la que denunciaba que en la Memoria de actuación prevista en la parcela de la antigua Hípica Militar no figuraba el Presupuesto con la proyección de los efectos presupuestarios y económicos que se derivan de la inversión en el horizonte de su vida útil, ni el gasto de mantenimiento, ni los ingresos previstos obtener, ni la reducción de gastos que genere durante su vida útil, requisitos todos ellos de inexcusable estimación y cuantificación, según lo explicitado en la Disposición Adicional Décimo Sexta  del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales y lo preceptuado en la Ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

El informe del Interventor municipal admitió la omisión y dedujo de ella la inevitable admisión de nulidad planteada, por lo que solicitó de Alcaldía la subsanación del defecto apreciado e incorporación al expediente del Presupuesto de la inversión prevista. Como la resolución adoptada no se  trasladó a la Asociación Vecinal, ésta la reclamó al ampro del derecho constitucional de petición, que, al fin, con diez días de retraso sobre la fecha límite para hacer efectiva la notificación, llegó a la entidad vecinal.  .

Sorprendentemente, aunque el Interventor General expresa en la resolución que el expediente ya está completo y que el mencionado Presupuesto obra en el mismo, no da conocimiento del mismo a la parte alegante. Cuatro días después, la Asociación recibe por correo certificado la misma resolución, duplicada, pero otra vez sin el siempre desconocido Presupuesto.

Ante esta absurda situación, la Asociación Vecinal ha optado por solicitar la anulación del acuerdo de aprobación definitiva y pedir la retrotracción del acto administrativo al acuerdo plenario de aprobación inicial y, por tanto, de reapertura de un nuevo período de información pública, examen del expediente, ya completo, incluida la memoria presupuestaria individualizada, y nuevo plazo para la presentación de alegaciones por las personas y entidades interesadas, tal como obliga la Ley de medidas de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

Nuevamente el Ayuntamiento de Valladolid se sitúa por encima del ordenamiento jurídico, aunque en este caso es manifiesto que lo que no estuvo en el expediente en su fase de información pública, bien por negligencia bien por malevolencia, desploma el acuerdo de aprobación definitiva del Pleno.

La demanda que la Asociación Vecinal Rondilla pueda acordar en fechas próximas, sería formalizada “a ciegas”, en cuanto que el Ayuntamiento es el único conocedor de la Memoria individualizada, que fundadamente la Asociación Vecinal Rondilla presiente que no existe o, tal vez, su redacción es insuficiente o de nulo rigor técnico presupuestario y económico, cuestión que no es baladí porque el evento al beneficio del cual se dirigen las generosísimas aportaciones dinerarias y de medios humanos y materiales del Ayuntamiento y de la Sociedad Mixta para la Promoción del Turismo es conocido como “máquina para hacer dinero en B”, con ingresos superiores al medio millón de euros, sobre los que parece, que se sepa, no se rinden cuentas.

En fin, es imprescindible y esencial para la limpieza y transparencia de los actos administrativos del contumaz Ayuntamiento de Valladolid que haga de dominio público sus expedientes y que estos sean completos y rigurosos, porque a la postre  actúa como el tahúr que pone la baraja pero se guarda los ases.

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